ANALFABETISMO EN EL ECUADOR

ANALFABETISMO EN EL ECUADOR

martes, 9 de febrero de 2010

Los fundamentos constitucionales de nuestro tema de investigación están basados en los siguientes artículos:

Art. 26.- “… La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado... Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal…”

Art. 27.- “…en el marco del respeto a los derechos humanos… será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz”

Art. 28.- “…Se garantizará el acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna y la obligatoriedad en el nivel inicial, básico y bachillerato o su equivalente. Es derecho de toda persona y comunidad interactuar entre culturas y participar en una sociedad que aprende”…”La educación pública será universal y laica en todos sus niveles, y gratuita hasta el tercer nivel de educación superior inclusive”.

Art. 347.- “Será responsabilidad del Estado:
2. Garantizar que los centros educativos sean espacios democráticos de ejercicio de derechos y convivencia pacífica. Los centros educativos serán espacios de detección temprana de requerimientos especiales.
5. Garantizar el respeto del desarrollo psicoevolutivo de los niños, niñas
y adolescentes, en todo el proceso educativo.
6. Erradicar todas las formas de violencia en el sistema educativo y velar por la integridad física, psicológica y sexual de las estudiantes y los estudiantes.
7. Erradicar el analfabetismo puro, funcional y digital, y apoyar los procesos de post-alfabetización y educación permanente para personas adultas, y la superación del rezago educativo…”

Art. 348.- “La educación pública será gratuita y el Estado la financiará de manera oportuna, regular y suficiente…”

Art. 355.- “…La Función Ejecutiva no podrá privar de sus rentas o asignaciones presupuestarias, o retardar las transferencias a ninguna institución del sistema, ni clausurarlas o reorganizarlas de forma total o parcial”.

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